Comprar o traspasar una clínica con rayos X: qué revisar y qué notificar

Los papeles de los rayos X que conviene pedir antes de firmar el traspaso de una clínica dental o veterinaria, y lo que hay que comunicar después.

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Quien compra una clínica dental o veterinaria con rayos X no compra solo el equipo: se queda con una instalación de radiodiagnóstico inscrita en el registro de la Generalitat, con sus obligaciones y, a veces, con lo que el anterior titular dejó sin hacer. Esta guía resume qué conviene revisar antes de firmar y qué hay que comunicar después, en la Comunitat Valenciana.

Antes de firmar: qué pedir al vendedor

  • La inscripción en el registro. La notificación de la Generalitat con el número registral de la instalación. Sin ella, la clínica no tiene los rayos X en regla y el equipo no se puede usar.
  • Que lo declarado coincida con lo que hay. La declaración tiene que reflejar los equipos y las salas reales. Un equipo añadido o una sala cambiada sin declarar es un problema que heredas tú.
  • El último certificado de conformidad de la UTPR y la vigilancia de los niveles de radiación, que se hace como mínimo una vez al año.
  • Los informes al CSN, si la instalación está obligada a enviarlos (ver la tabla de abajo), o los registros que los sustituyen.
  • El programa de protección radiológica y los controles de calidad de los equipos.
  • La documentación de cada equipo, con los certificados de las reparaciones. Se conserva mientras el equipo siga en la clínica.
  • El contrato con la UTPR, que tiene que estar por escrito. Decide si sigues con la misma o cambias.

Qué tipo de instalación compras

El reglamento clasifica las instalaciones en tres tipos, y de eso depende cada cuánto hay que certificar e informar:

  • Tipo 3, solo equipos dentales intraorales: certificado de conformidad cada cinco años. No envía informe al CSN, pero guarda los registros diez años.
  • Tipo 2, con equipos dentales no intraorales (ortopantomógrafo, CBCT) o veterinarios: certificado e informe al CSN cada dos años.
  • Tipo 1, con TC, equipos móviles u otros de los más exigentes: certificado e informe cada año. Basta un equipo de este tipo para que toda la instalación lo sea.

En los tres casos, la vigilancia de los niveles de radiación es anual.

Después de firmar: qué hay que notificar

  1. El cambio de titular, en 30 días. El nuevo titular lo notifica al órgano competente de la Generalitat. La instalación conserva su número registral.
  2. Cualquier cambio en los equipos o en las salas. Cambiar un equipo, añadir otro o mover la sala obliga a una nueva declaración de lo modificado, con el certificado de la EVAT y el de una UTPR. Hasta que la Generalitat notifica la inscripción, lo nuevo no se puede usar.
  3. Quién dirige la instalación. Tiene que dirigirla un odontólogo, médico o veterinario acreditado por el CSN. Si el director o los operadores cambian con el traspaso, los nuevos necesitan su propia acreditación.

Si el traspaso supone cerrar la instalación

Si la clínica deja de usar rayos X, el cese también se notifica en 30 días. Para que la instalación se dé de baja en el registro hay que acreditar qué se ha hecho con los equipos, que solo pueden ir a una EVAT para almacenarlos o destruirlos.

Cómo te ayudamos

PeiPRa es una UTPR autorizada por el CSN (UTPR/V-0009). Antes de la compra revisamos la documentación de los rayos X y te decimos qué falta; después, nos ocupamos de la notificación del cambio de titular y de los certificados que haya que poner al día. Cuéntanos qué clínica vas a comprar y lo miramos.

Si vas a abrir desde cero, mira las guías para clínicas dentales y clínicas veterinarias.